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Absuelven a persona en situación de calle que habría incumplido cuarentena por estar en la vía pública

  • Martes 30 de marzo de 2021
  • 17:38 hrs
Imagen: referencial.

Imagen: referencial.

El Ministerio Público lo acusaba de poner en peligro la salud pública.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama decretó la absolución de Diego Armando Díaz Navarro, acusado por el Ministerio Público del delito reiterado de poner en peligro la salud pública. Ilícitos supuestamente  cometido en junio y julio del año pasado, periodo que la ciudad se encontraba en cuarentena sanitaria.

En fallo unánime, el tribunal consideró que los hechos acreditados no generan un peligro concreto  a la salud pública, según lo establece el artículo 318 del Código Penal.

"(...) el ente persecutor no acompañó antecedentes que den cuenta que el imputado, Díaz Navarro, haya estado afectado anteriormente o en el momento del control policial contagiado del Sars CoV-2, no revistiendo su mero tránsito en la vía pública, con infracción de las disposiciones de la autoridad, una conducta de entidad suficiente e idónea para poner en peligro el bien jurídico protegido por la prohibición penal", sostiene el fallo.

La resolución agrega que Díaz Navarro "(…) a la fecha de los cinco controles policiales, que dieron origen a las consecuentes infracciones, se encontraba en situación de calle, no siendo exigible una conducta distinta a transitar en la vía pública, faltando un elemento del reproche personal, so pretexto de castigar la deprivación socioeconómica, a costa de una política criminal severa".


El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el acusado el 17, 22, 28 y 30 de junio, y el 7 de julio de 2020, fue sorprendido por Carabineros transitando en la vía pública sin portar permiso individual obligatorio o salvoconducto.